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En el mes de mayo, el Congreso de la República aprobó el proyecto de ley que permitirá a los trabajadores del sector privado disponer del 100 % de los fondos en sus cuentas de CTS hasta el mes de diciembre del año 2023.
Esta norma permitirá que por única vez los trabajadores puedan disponer libremente del 100% de la Compensación por Tiempo de Servicio con la finalidad de alivianar los efectos económicos que está dejando la pandemia causada por el virus COVID-19 y la actual inflación. En este artículo te explicaremos todo lo que necesitas saber para que puedas averiguar donde se encuentra depositada tu Compensación por Tiempo de Servicio (CTS).
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¿Qué es la CTS?
La Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) es un beneficio laboral de previsión frente a eventuales contingencias que se originan ante el cese en el trabajo. El derecho a la CTS se le otorga al trabajador desde que se alcanza el primer mes de iniciado el vinculo laboral. Y en palabras más sencillas, el dinero de la CTS es un sustento económico pensado en servir de ayuda mientras una persona se encuentre sin empleo.
¿Cuándo se paga la CTS?
La CTS es un beneficio que se le otorga a todos los trabajadores que se encuentran en planilla, este beneficio es depositado dos veces al año, dentro de los primeros quince días de los meses de mayo y de noviembre.
¿Cómo saber si cuentas con CTS?
Si eres trabajador dependiente y estás en planilla, lo que debes hacer es comunicarte con la entidad bancaria donde la empresa deposita tu remuneración y hacer la consulta. Esto lo puedes realizar a través de la página web del banco o por llamada telefónica.
Asimismo, para calcular tu dinero de CTS es, en promedio, a una remuneración anual, la cual debe ser depositada por el empleador a favor del trabajador en dos partes de 50 % cada una.
- El primer depósito debe hacerse hasta el 15 de mayo y, de acuerdo con el Ministerio de Trabajo, abarca periodos de trabajo de noviembre a abril.
- El segundo desembolso tiene plazo el 15 de noviembre y comprende de mayo a octubre.
Todos los trabajadores formales que se encuentren laborando, como mínimo una jornada diaria de 4 horas, tienen derecho a la CTS. La consulta del monto disponible se puede hacer al empleador o a la entidad financiera donde se hacen los depósitos.
¿Cómo saber dónde esta mi CTS?
Para comenzar, esta pregunta se puede traducir a ¿Cómo saber en qué entidad financiera se encuentra depositada mi CTS? Si bien esta entidad financiera muy bien podría ser la misma entidad en la cual te depositan tu sueldo mensual, no siempre es así. Puedes consultar consultar a través de la app o por vía telefónica al banco donde recibes tu sueldo, para saber si en dicha misma entidad se encuentra tu Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), es decir, si mantienes una cuenta CTS.
De igual forma, si no sabes o no recuerdas en qué banco, caja municipal u otra entidad financiera recibes tu Compensación por Tiempo de Servicios, también puedes consultar directamente con tu empleador.
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¿Cómo saber cuánto dinero tengo en mi CTS?
Si deseas saber cuánto dinero tienes en tu CTS, tan solo necesitas comunicarte con la entidad financiera donde tu empleador te deposita tu sueldo por tus servicios prestados y realizar la consulta. Asimismo, es muy importante que sepas como calcular tu CTS para que puedas verificar que el monto depositado efectivamente corresponda al tiempo que has trabajado en esta empresa.
¿Cómo se calcula la CTS?
El beneficio de la CTS es calculado semestralmente al 30 de abril y al 31 de octubre de cada año; en dichas fechas se establece cuantos meses y días lleva laborando el trabajador, y en ciertos casos, al calcular este beneficio se descuentan los días de inasistencia.
Podríamos decir que en promedio equivale a una remuneración anual, la cual debe ser depositada por el empleador a favor del trabajador en un 50%, en los de meses de mayo y noviembre de cada año.
Para calcular la CTS que recibirás anualmente, es bastante simple, la CTS anual equivale a un sueldo más la doceava parte de la gratificación anual que vengas recibiendo.
¿Cuánto dinero puedo retirar de la CTS?
En una situación regular, es decir, no de emergencia sanitaria por la pandemia del COVID-19 como ahora, el retiro de la CTS es intangible hasta 4 sueldos del trabajador, es decir, el excedente de 4 remuneraciones sí se encuentra siempre a libre disponibilidad del empleado. Sin embargo, como es de conocimiento público, el Gobierno del Perú ha dispuesto como medida excepcional por la pandemia liberar el 100% de la CTS.
¿Qué es la liberación de la CTS?
Debido a la situación económica y financiera de las personas a raíz de la pandemia del virus COVID-19, el Gobierno promulgó la ley 31480 que autoriza a los trabajadores del sector privado a disponer del 100% de sus depósitos por concepto de Compensación de Tiempo de Servicio (CTS) para que de esta forma puedan enfrentar la crisis sanitaria e inestabilidad económica por la que viene pasando el país. La norma establece que todos los trabajadores en planilla podrán disponer de los depósitos de la CTS hasta el 31 de diciembre del 2023.
¿Qué hacer si tu empresa no te deposita la CTS?
Como hemos mencionado, el depósito de la CTS se debe realizar dentro de los primeros 15 días de mayo y noviembre, de no realizarse las empresas que incumplan incurrirán en una infracción grave en materia de relaciones laborales y podrían ser multadas con montos desde los S/ 462 hasta los S/ 94.500, según Reglamento de la Ley General de Inspección de Trabajo.
Como empleado tienes dos opciones si el depósito de la CTS no se realiza:
- Conciliar con tu empleador. Acordar una nueva fecha de pago más los intereses financieros generados.
- Presentar un reclamo. La queja deberá ser presentada en la Oficina de Inspección Laboral del Ministerio de Trabajo, donde se mantendrá en reserva tu identidad.
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